El objetivo de una afiliación a EPS es poder contar con una atención profesional y especializada a la hora de enfrentar situaciones ligadas a la salud. En la mayoría de los casos, se cumplen con todas las exigencias del paciente y en otros, puede que no resulte de la mejor forma. ¿Cómo puede hacer el ciudadano común para cambiar de EPS en Mi Seguridad Social? La respuesta a continuación.
Requisitos para cambiar de EPS en Mi Seguridad Social
¿Necesita realizar un cambio de rol dentro de la plataforma del gobierno colombiano para la seguridad social? Entonces es necesario que el cabeza de familia o la persona por la cual se beneficia el núcleo familiar, esté en plenitud de condiciones físicas y mentales. Es decir, no puede estar hospitalizado para el momento en que decide hacer la emigración.
Otro detalle de consideración, es que la emigración no se hará efectiva inmediatamente después de hacerla solicitud. Si la misma se hace en los primeros días del mes, esta se validará a principios del siguiente mes. Si se realiza en cualquiera de los días posteriores, secompletará la solicitud el primer día calendario del mes subsiguiente.
Estos detalles son necesarios tener en cuenta a la hora de querer realizar el trámite:
Otro evento en esta materia, tiene que ver con algunas EPS que no cumplen sus funciones ni responsabilidades para con los inscritos. Ante este eventual caso, el contribuyente puede presentar las pruebas de incumplimiento ante la Secretaria Distrital de Salud. El ente se encargará de programar una investigación en los próximos 60 días en que se perciba la denuncia.
Pasos para realizar el cambio de EPS en Mi Seguridad Social
Los pasos reconocidos para realizar el cambio de EPS en“Mi Seguridad Social” están definidos de la siguiente forma:
En este particular está el apartado de “Actualización de datos complementarios”, verificar que la plataforma haga el ajuste y pulsar “Siguiente”.
Otras formas de cambiar de EPS
Las emigraciones de EPS también se pueden realizar en las oficinas de las EPS subsidiadas. Solo el cabeza de familia debe aportar los documentos de identidad original y copia de los beneficiarios y proveer la información concerniente. Esta última opción, es la menos aconsejable ya que, desde el 2018 la plataforma de “Mi Seguridad Social” ha resultado muy completa y de una interfaz amigable.